Santamaria15

Reglamento de régimen interno

Conforme al Artº 13 del Decreto 47/2004, de 10 de febrero, de Establecimientos Hoteleros, BOJA Nº 42, de 2 de marzo de 2004, el establecimiento dispone del siguiente Reglamento de Régimen Interior que será de obligado cumplimiento para los clientes del establecimiento.

  1. Artículo 13 del Decreto 47/2004 dispone:
  • Los establecimientos hoteleros podrán disponer de un reglamento de régimen interno en el que se fijarán normas de obligado cumplimiento para los usuarios durante la estancia.
  • El reglamento de régimen interno que, en su caso, exista, especificará, como mínimo, las condiciones de admisión, las normas de convivencia y funcionamiento así como todo aquello que permita que favorezca el normal desenvolvimiento del disfrute de las instalaciones, equipamientos y servicios.
  • Los titulares de los establecimientos hoteleros podrán recabar el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para desalojar de los mismos a las personas que incumplan las reglas usuales de convivencia social, sus normas de régimen interior, o que pretendan acceder o permanecer en los mismos con una finalidad diferente al normal uso del servicio, de conformidad con lo establecido en el Artº 36.4 de la Ley de Turismo 13/2011.
  1. Apartamentos Santa María 15 perteneciente a SONHOUSES, S.L, siendo la persona responsable para los apartamentos Alejandro Abrio Maraver, a quien pueden dirigirse para aquellas cuestiones relativas al funcionamiento del establecimiento. Pueden contactar tanto por email al correo info@santamaria15.com , teléfono  +34 956 46 62 78 y WhatsApp +34 630 03 15 55.
  1. Los señores clientes están obligados a presentar un documento de identificación válido en el momento de su admisión en el establecimiento hotelero (Carta o DNI / NIE, permiso de conducir español, permiso de residencia comunitario, pasaporte). Los menores de edad a partir de los 14 deberán ser registrados conforme al Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre.
  1. Podrá hacer uso de su apartamento a partir de las 14.00 del primer día del periodo contratado finalizando a las 11.00 horas del día señalado como fecha de salida. Podrá acceder a su apartamento antes de la hora prevista siempre y cuando esté listo para ocuparse. Excepcionalmente en fechas de máxima ocupación del establecimiento, se podría retrasar la puesta a disposición del usuario de la unidad de alojamiento por un periodo de tiempo no superior a dos horas. Sin previo acuerdo, no se admitirá la prolongación de su ocupación por tiempo superior al contratado. Caso de que exista acuerdo, se deberá abonar el importe de una jornada completa.
  1. Disponemos de cunas, tronas y bañeras de bebé sin coste. Se considera «niño» a todos los menores desde 2 hasta los 12 años (inclusive); a partir de los 13 años se considerarán adultos, no teniendo derecho al descuento para niños. Los menores de dos años pueden alojarse sin coste usando las camas contratadas existentes, en caso de necesitar una supletoria tendría un suplemento igual al de un niño.
  1. A todo usuario de los Apartamentos Santa María 15, antes de su admisión, le será entregado un documento de admisión que debe ser firmado obligatoriamente por el cliente, en el que consta el nombre, categoría y número de inscripción del establecimiento, número o identificación de la unidad de alojamiento, número de personas que la van a ocupar, régimen alimenticio, fechas de entrada y salida, y el precio del alojamiento si el cliente ha contratado directamente con el establecimiento.
  1. A la firma del documento de admisión, o contrato de hospedaje, le será entregada una copia a modo informativo y de identificación, imprescindible para presentarla en cualquier momento para su identificación.
  1. El establecimiento hotelero podrá solicitar la garantía previa de pago, indistintamente por cualquiera de estos medios: tarjeta de crédito, transferencia, etc., por los servicios contratados, tanto por la totalidad de la reserva como por la de los extras.
  1. Obligaciones de las personas usuarias de servicios turísticos: Las personas titulares de establecimientos podrán impedir la permanencia en los mismos de las personas usuarios que incumplan uno de los deberes siguientes (art. 36.3 y 22 Ley del Turismo 13/2011):
  • Observar las reglas de convivencia e higiene dictadas para la adecuada utilización de los establecimientos turísticos.
  • Respetar las normas de régimen interior de los establecimientos turísticos, siempre que no sean contrarias a la ley.
  • Respetar la fecha pactada de salida del establecimiento dejando libre la unidad ocupada.
  • Pagar los servicios contratados en el momento de la presentación de la factura o en el plazo pactado, sin que el hecho de presentar una reclamación implique la exención del pago.
  • Respetar los establecimientos, instalaciones y equipamientos de las empresas turísticas.
  • Respetar el entorno medioambiental del patrimonio histórico cultural y los recursos turísticos de Andalucía.
  • No se permitirá la estancia de más personas en un apartamento que no se haya previamente contratado. En caso de que se modifique el número de personas sin previo aviso y fuera del plazo de modificación/ cancelación gratuita, conlleva una actualización en el precio de 50€ por persona y noche no contemplada en dicha reserva. El importe final de su reserva variará si modifica el número de noches y personas
  1. Apartamentos Santa María 15 pone a su disposición en cada apartamento una caja fuerte de seguridad para la custodia de dinero y objetos de valor, podrá disponer también del servicio de caja fuerte en recepción contra recibo. El establecimiento no se hace responsable de la pérdida o sustracción de dinero u objetos de valor que no se encuentren depositados en la citada caja de seguridad.
  1. La limpieza y cambio de lencería se realiza 1 cada 7 días, puede solicitar cambiarlas con más frecuencia por un suplemento. El horario de limpieza de los apartamentos como norma general es de 9:00 a 17:00 horas, pudiendo excepcionalmente en fechas de máxima ocupación del establecimiento modificarse. No haga otro uso de las toallas de la habitación que el de la higiene personal. Los gastos de sustitución debido a pérdida o deterioro por un mal uso de las mismas serán compensados por la persona responsable de la reserva. La basura se retirará de forma diaria de cada apartamento, si no desea que se la retiremos debe comunicarlo al personal correspondiente.
  1. Está terminantemente prohibido fumar en todo nuestro establecimiento (Ley 42/2010, de 30 de diciembre de 2010 “medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco”). Fumar en cualquiera de los apartamentos, así como en el ascensor o zonas comunes, conlleva una penalización económica de 200€.
  1. No están autorizadas fiestas de ninguna índole, ni despedidas de soltero/a, etc. Este hecho se considera falta muy grave para la convivencia con otros usuarios, pudiendo la propiedad poner fin al contrato prestablecido con el cliente sin derecho éste a compensación alguna. Así mismo se podrá recabar el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para desalojar a dichas personas por incumplimiento de las reglas las normas de régimen interior, de conformidad con lo establecido en el Artº 36.4 de la Ley de Turismo 13/2011.
  1. Se prohíbe el acceso de personas acompañadas de animales sin autorización expresa del establecimiento, a excepción de las personas acompañadas de perros guías, conforme establece la Ley 5/1998, de 23 de noviembre, relativa al uso en Andalucía de perros guía por personas con disfunciones visuales.
  1. No está permita la entrada de personas ajenas en su apartamento con entregas incluso si han sido solicitadas. Todo reparto a domicilio ha de ser recogido en la zona de recepción.
  1. Conforme al decreto 10/2003 Artº 5 y 7 por el que se aprueba el Reglamento General de Admisión de personas en establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas, se impedirá el acceso y/o la permanencia de personas en el establecimiento en los siguientes supuestos:
  • Aquellas personas no alojadas en el establecimiento, quedando los espacios reservados o privados únicamente para los clientes previamente registrados en los apartamentos. Los Clientes están obligados a presentar el documento de identificación y/o admisión, cuando les sea requerido por el personal de servicio.
  • Cuando se carezca de la edad mínima establecida para acceder al local, según la normativa vigente.
  • Cuando la persona manifieste actitudes violentas, en especial, cuando se comporte de forma agresiva o provoque altercados, origine situaciones de peligro o molestias a otros asistentes, o no reúna las condiciones de higiene adecuadas
  • Cuando la persona porte armas, y objetos susceptibles de ser utilizados como tales, salvo que, de conformidad con lo dispuesto en cada momento por la normativa específica aplicable, se trate de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de escoltas privados integrados en empresas privadas, y accedan al establecimiento en el ejercicio de sus funciones.
  • Cuando la persona esté consumiendo drogas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, o muestren síntomas de haberlas consumido, y los que muestren signos o comportamientos evidentes de estar embriagados.
  • Cuando provoquen ruidos que molesten el normal desarrollo del establecimiento.
  • Cuando adopte medidas o actitudes contra la sanidad y limpieza del establecimiento.
  • Cuando se atente contra la normal convivencia social del establecimiento.
  1. No obstante, y en los casos descritos anteriormente, la persona queda obligada al abono de los gastos que haya generado hasta el momento de la prohibición de acceso o permanencia en el establecimiento.
  1. No se admitirá la introducción en los apartamentos de objetos muebles distintos a los habituales y propios de un turista.
  1. No se permite colgar ropa en las ventanas, balcones, ni en las zonas comunes. Cada apartamento dispone de un tendedero portátil, además de las secadoras que se encuentran en la zona de lavandería junto a recepción.
  1. No use la lavadora / secadora entre las 00.00 y las 8.00, respete el descanso de los otros usuarios.
  1. No se admitirá la introducción en los apartamentos de aparatos eléctricos ni a gas, con la única excepción de los propios para la higiene personal como afeitadoras, secadores de pelo, etc. además de ordenadores personales y aparatos similares.

CONSEJOS Y SUGERENCIAS

  • Vigile y controle su equipaje. No lo deje desatendido.
  • Mantenga la puerta cerrada cuando esté en su apartamento.
  • Cierre la puerta de su apartamento al salir de él, y trate de abrirlo de nuevo para asegurarse de que está correctamente cerrado, aun cuando su ausencia sólo sea por un corto espacio de tiempo.
  • Cierre su equipaje cuando no lo utilice y colóquelo en su armario. Si el equipaje tiene cerradura, úsela siempre.
  • Notifique inmediatamente a la dirección cualquier hecho anormal que aprecie como: personas de actitud sospechosa por el pasillo, llamadas a la puerta de su apartamento por parte de personas desconocidas para Ud., o no encontrar a nadie en la puerta de su apartamento cuando acude Ud. a abrirla.
  • Proteja la llave de su apartamento. No muestre nunca la llave de su apartamento en lugares públicos. Antes de marcharse el último día deje la llave en el sitio destinado para ello en el mostrador de recepción.
  • Si olvida o extravía su llave, sólo el personal de recepción está autorizado a facilitarle el acceso a su apartamento.
  • No se moleste si en cualquier momento nuestro personal le pide que se identifique. Es por su seguridad.
  • Cuando establezca relaciones sociales con personas desconocidas, no revele el nombre de su establecimiento hotelero ni el número de su apartamento. Le recordamos que está terminantemente prohibido el acceso de personas no alojadas. Recuerde, modificar el número de personas de su reserva conlleva un suplemento extra.
  • Nunca permita al personal de reparaciones entrar en su apartamento sin haberlo requerido o autorizado a la dirección del establecimiento hotelero.
  • Nunca permita la entrada de personas ajenas en su apartamento con entregas que no han sido solicitadas u otros fines, como recoger comida o la firma de un contrato de alquiler de un coche, por ejemplo. Para ello debe usar la zona de recepción.
  • Nunca discuta planes específicos de futuras excursiones, salidas, etc., en público o extraños.
  • Importante, si descubre algún tipo de deterioro o anomalía, póngase en contacto con recepción. Ayúdenos a mejorar informándonos.
  • La instalación eléctrica de su apartamento es de 220 voltios.
  • Rogamos utilice las instalaciones adecuadamente, respetando el mobiliario y las zonas comunes del establecimiento hotelero.
  • Rogamos respete los horarios de todas las instalaciones del establecimiento hotelero.
  • Respete las zonas comunes durante las horas nocturnas y de siesta, en general, evite hacer ruido innecesariamente por el bien de todos.
  • Agradecemos su participación en caso de que, durante su estancia en el establecimiento hotelero, se practique cualquier simulacro de siniestro y/o evacuación.
  • Algún horario puede cambiar en función de la época del año.

Los datos personales de los Sres. Clientes podrán ser incorporados a nuestros ficheros con fines puramente comerciales y promocionales, pudiéndose acceder en cualquier momento a los mismos para proceder a su rectificación, modificación o cancelación total o parcial con sólo solicitarlo por cualquier medio al establecimiento hotelero, en base a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

La autenticación reforzada del cliente (SCA) en los procesos de pagos

En septiembre de 2019, la nueva Directiva de Servicios de Pago (PSD2) comenzó a aplicarse en todos los países del Espacio Económico Europeo. La finalidad de esta normativa es lograr que los pagos sean más seguros y reducir el fraude gracias a la autenticación con dos factores, también conocida como autenticación reforzada del cliente (SCA), para validar las transacciones realizadas con tarjeta de crédito.
En la autenticación con dos factores, es necesario que los clientes proporcionen datos relacionados con al menos dos de estas tres categorías cuando se cobra una tarjeta:

  1. Algo que saben, como una contraseña o un PIN.
  2. Algo que poseen, como un teléfono o un dispositivo.
  3. Algo sobre su cuerpo, como las huellas dactilares. Aquí también se incluye el reconocimiento facial.

Conforme al Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.

  1. https://www.boe.es/eli/es/rdl/2018/11/23/19